Acuerdo de confidencialidad (NDA)

El acuerdo de confidencialidad permite a una empresa compartir información sensible con otra con una finalidad concreta, como valorar una posible operación, mientras la empresa que la recibe se compromete a guardar secreto y a utilizarla solo para esa finalidad.

Jurisdicciones
California, Inglaterra y Gales, España
Idiomas del contrato
Inglés, Español

Qué es y cuándo se utiliza

El acuerdo de confidencialidad, conocido también como NDA (por sus siglas en inglés, non-disclosure agreement), es el contrato por el que una empresa comparte información sensible con otra y la receptora se obliga a mantenerla en secreto. En el modelo de Dealroom la información se comunica para una "Finalidad": evaluar o desarrollar una posible relación comercial entre las partes.

Se firma antes de las conversaciones iniciales sobre una colaboración, de la diligencia debida previa a una inversión o adquisición, o de cualquier relación en la que una parte necesita ver información no pública.

NDA mutuo o unilateral. La diferencia:

  • En un NDA unilateral, una parte divulga y la otra recibe. Solo la parte receptora asume obligaciones de confidencialidad.
  • En un NDA mutuo (o bilateral), ambas partes divulgan y cada una protege la información de la otra.

El acuerdo de Dealroom está redactado como unilateral. El encabezamiento identifica una Parte Divulgante y una Parte Receptora, y las obligaciones principales (guardar secreto, usar la información solo para la Finalidad, devolverla o destruirla al final) recaen sobre la Parte Receptora. Algunas estipulaciones obligan a ambas partes por igual (no captación, cesión, la opción "equilibrada" de remedios y la resolución con preaviso), pero no existe una opción que convierta el documento en un NDA plenamente mutuo, por lo que los papeles deben corresponder al sentido real en que circulará la información.

Quién lo firma y en qué condición

Firman dos partes, identificadas por su denominación social y su domicilio:

  • Parte Divulgante: la empresa titular de la información confidencial que la comunica, incluidos sus directivos, empleados y representantes autorizados.
  • Parte Receptora: la empresa que la recibe y asume el deber de confidencialidad, con la misma extensión a su personal.

La Parte Receptora responde también de sus "Representantes" (entidades vinculadas, personal y asesores como abogados/as y auditores). Dealroom permite tramitarlo entre dos partes o en modo individual.

Cláusulas principales

Definición de información confidencial

Determina qué queda protegido: solo la información marcada como "confidencial"; la marcada más la que razonablemente deba entenderse confidencial por su naturaleza o circunstancias; o toda la información no pública, esté o no marcada.

Información excluida

Una cláusula fija excluye la información pública sin incumplimiento, la ya conocida sin restricción, la desarrollada de forma independiente y la recibida de un tercero libre para comunicarla. La prueba corresponde a la Parte Receptora.

Obligaciones de confidencialidad y divulgaciones permitidas

La Parte Receptora debe guardar estricta confidencialidad, usar la información solo para la Finalidad y protegerla con la misma diligencia que su propia información similar (nunca inferior a una diligencia razonable). La cláusula de divulgaciones permitidas fija quién más puede acceder, desde "solo por exigencia legal" hasta entidades vinculadas y posibles socios comerciales.

Duración de la confidencialidad y vigencia del acuerdo

Son plazos distintos. La vigencia (1, 2 o 3 años, con resolución anticipada mediante preaviso escrito de 30 días, o 60 en la opción de 3 años) es el periodo en que pueden comunicarse nuevas informaciones. La duración de la confidencialidad (2, 3 o 5 años tras la finalización, o indefinida para los secretos empresariales) es el tiempo durante el que subsiste el deber de secreto.

Devolución o destrucción de la información

Al terminar, la Parte Receptora debe devolver o destruir la información: en 10 días hábiles con certificación escrita; en 30 días conservando una copia de archivo para el cumplimiento legal; o en 30 días para las copias accesibles, conservando las copias de seguridad rutinarias sin acceder a ellas.

Remedios por incumplimiento

La Parte Divulgante puede solicitar medidas cautelares sin acreditar daños efectivos, con o sin exigencia de caución (en la medida en que la ley lo permita); la alternativa es una cláusula equilibrada en la que ambas partes conservan todas sus acciones.

No captación de empleados

Cláusula opcional por la que ninguna parte capta directamente a los empleados de la otra con los que haya tenido contacto con motivo de la Finalidad, durante la vigencia o durante la vigencia y un año más.

Cesión

Determina si una parte puede ceder el acuerdo: nunca sin consentimiento, a entidades vinculadas bajo control común, o también en caso de fusión, adquisición o venta de la práctica totalidad de los activos. Restringirla evita que la información llegue a una empresa adquirente.

Ley aplicable y resolución de controversias

La ley aplicable es la de la jurisdicción elegida para la operación; el foro es negociable. Hay tribunales, arbitraje institucional y la opción de ley y tribunales personalizados.

Cláusulas estándar

Cláusulas fijas confirman que no se concede licencia ni se transmite la titularidad, que la información se facilita "tal cual" y sin garantía, y que, ante un requerimiento judicial o administrativo, la Parte Receptora debe avisar si es lícito, cooperar y divulgar solo lo exigido.

Qué suelen negociar las partes

La Parte Divulgante busca una protección más amplia y larga; la Parte Receptora, límites claros y una fecha de fin. Cuando no coinciden, Dealroom propone como solución intermedia la opción más neutral (entre paréntesis, la parte a la que favorece cada extremo):

  • Definición: solo información marcada (Parte Receptora) frente a toda la información no pública (Parte Divulgante). Solución intermedia: información marcada más la que razonablemente deba entenderse confidencial.
  • Divulgaciones permitidas: solo por exigencia legal (Parte Divulgante) frente a entidades vinculadas y socios (Parte Receptora). Solución intermedia: exigencia legal más asesores profesionales.
  • Duración de la confidencialidad: 2 años (Parte Receptora) frente a 5 años o perpetua para secretos empresariales (Parte Divulgante). Solución intermedia: 3 años.
  • Vigencia: 1 año frente a 3 años. Solución intermedia: 2 años.
  • Devolución o destrucción: destrucción estricta en 10 días (Parte Divulgante) frente a la excepción de copias de seguridad (Parte Receptora). Solución intermedia: 30 días con una copia de archivo para el cumplimiento legal.
  • Remedios: medidas cautelares sin caución (Parte Divulgante) frente a todas las acciones para ambas partes. La opción equilibrada es la solución intermedia.
  • No captación: sin cláusula (Parte Receptora) frente a vigencia más un año (Parte Divulgante). La opción "solo durante la vigencia" es la más próxima al punto medio.
  • Cesión: sin cesión (Parte Divulgante) frente a entidades vinculadas y fusiones (Parte Receptora). Solución intermedia: solo entidades vinculadas.

Las opciones de resolución de controversias son neutras entre las partes; la elección depende del coste, la confidencialidad y la comodidad.

Jurisdicciones e idiomas disponibles en Dealroom

Dealroom ofrece el acuerdo conforme al Derecho de España, Inglaterra y Gales y California, en español y en inglés. Cada jurisdicción añade sus propias disposiciones:

  • España: se aplica la Ley 1/2019, de Secretos Empresariales; se remite a la buena fe (artículos 7 y 1258 del Código Civil) y a las reglas de interpretación (artículos 1281 a 1289); y rigen el RGPD y la LOPDGDD para los datos personales. Se ofrecen tribunales españoles, mediación conforme a la Ley 5/2012 seguida de tribunales si no hay acuerdo en 60 días, y arbitraje de la Corte de Arbitraje de Madrid. Para las opciones judiciales se indica la ciudad de los juzgados y tribunales competentes (Madrid por defecto), habitualmente la del domicilio social de la Parte Divulgante.
  • Inglaterra y Gales: exclusión de derechos de terceros (Contracts (Rights of Third Parties) Act 1999), responsabilidad no excluible por fraude o daños personales por negligencia, tutela de equidad y RGPD del Reino Unido. Se ofrece arbitraje de la LCIA.
  • California: California Uniform Trade Secrets Act, medidas cautelares sin caución, renuncia al jurado y CCPA/CPRA. Se ofrecen los tribunales de Delaware y el arbitraje de JAMS y de la AAA.

El arbitraje de la CCI y la opción de ley y tribunales personalizados, en la que las partes indican su propia ley y sus tribunales, están disponibles en las tres.

Errores frecuentes

  • Elegir una estructura que no corresponde. Si ambas partes van a compartir información sensible, un documento unilateral protege solo a una de ellas.
  • Una definición estrecha cuando hay comunicaciones orales. Exigir el marcado da claridad, pero puede dejar fuera lo que se comparte en reuniones o llamadas.
  • Confundir la vigencia con la duración de la confidencialidad. La finalización del acuerdo impide nuevas comunicaciones, pero no extingue el deber de secreto sobre lo ya comunicado.
  • Protección perpetua sin secreto empresarial. La opción perpetua solo cubre la información que constituya secreto empresarial, condición que puede tener que acreditarse.
  • Ninguna excepción de conservación. La destrucción total puede chocar con obligaciones legales de conservación; la opción de copia de archivo lo resuelve.
  • No captación sin medir su alcance. En España queda sujeta a la normativa laboral y a un control de razonabilidad; en California no suele ser exigible.
  • No pensar en el foro. Los procedimientos judiciales son públicos, lo que importa en un litigio sobre información confidencial; el arbitraje es privado, pero el laudo es firme y las causas de anulación son tasadas.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre un NDA mutuo y uno unilateral?

En un NDA unilateral solo una de las partes comparte información confidencial y solo la otra asume obligaciones de secreto. En un NDA mutuo ambas partes comparten información y cada una protege la de la otra. El acuerdo de Dealroom está redactado como unilateral: identifica una Parte Divulgante y una Parte Receptora, y las obligaciones de secreto recaen sobre la Parte Receptora.

¿Cuánto tiempo debe durar un acuerdo de confidencialidad?

Hay dos plazos distintos. La vigencia del acuerdo (1, 2 o 3 años en Dealroom) es el periodo en el que pueden comunicarse nuevas informaciones. La duración de la confidencialidad (2, 3 o 5 años tras su finalización, o indefinida para los secretos empresariales) es el tiempo durante el que subsiste el deber de secreto. Los tribunales suelen considerar razonables plazos de 2 a 5 años para la mayoría de la información comercial.

¿Qué información no queda protegida por un NDA?

El acuerdo de Dealroom excluye la información que sea o pase a ser pública sin incumplimiento, la que la Parte Receptora ya conocía sin restricciones, la que haya desarrollado de forma independiente y la que reciba lícitamente de un tercero no sujeto a confidencialidad. Corresponde a la Parte Receptora probar que se aplica la exclusión.

¿Puede la Parte Receptora compartir la información con sus asesores o empleados?

Depende de la cláusula de divulgaciones permitidas. Las opciones van desde la divulgación solo por exigencia legal, pasando por los asesores profesionales y los empleados y colaboradores que necesiten conocerla, hasta las entidades vinculadas y los posibles socios comerciales. En todo caso, la Parte Receptora responde de los incumplimientos de sus Representantes.

¿Puede un acuerdo de confidencialidad impedir que la otra parte contrate a mis empleados?

Solo si se añade la cláusula opcional de no captación de empleados, que puede aplicarse durante la vigencia del acuerdo o durante la vigencia y un año más. En España la opción limitada a la vigencia queda sujeta a la normativa laboral y la ampliada, a un control de razonabilidad.

Dos formas de prepararlo

Créelo en Dealroom

Elija la jurisdicción y el idioma, responda a unas pocas preguntas y negocie cada cláusula con la otra parte, o prepárelo usted solo.

Empezar en Dealroom

Encargue a su agente que lo redacte y lo negocie

Su agente de IA puede consultar la biblioteca de cláusulas y crear el contrato mediante la API para agentes o el servidor MCP. Un ejemplo breve:

MCP: list_templates (query: "NDA"), get_template, create_playbook, initiate_negotiation.

Leer la guía de la API para agentes
# 1. Leer las cláusulas, las opciones y los datos que pide
curl https://dealroom.todo.law/api/v1/agent/templates/NDA \
  -H "Authorization: Bearer drk_YOUR_KEY"

# 2. Crear el contrato (las cláusulas que no indique toman la opción por defecto)
curl -X POST https://dealroom.todo.law/api/v1/agent/deals \
  -H "Authorization: Bearer drk_YOUR_KEY" \
  -H "Content-Type: application/json" \
  -H "Idempotency-Key: $(uuidgen)" \
  -d '{
    "schema": "dealroom.solo-intake/1",
    "contractType": "NDA",
    "governingLaw": "SPAIN",
    "language": "es",
    "dealName": "Prueba NDA",
    "selectionPolicy": "defaults"
  }'

Redactar y negociar es gratis.

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